Ejemplo 1 - Ejemplo de un Contribuyente que obtiene la totalidad de sus ingresos en el Estado de Pue
EJEMPLOS PARA CÁLCULO
Ejemplo 1. Contribuyente que obtiene la totalidad de sus ingresos en el Estado de Puebla
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a. Total de ingresos cobrados en el período |
$ 95,280.00
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| b. Deducciones Autorizadas (efectivamente erogadas correspondientes al mismo periodo) |
$ 45,000.00
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| c. PTU pagada a los trabajadores |
$ 5,000.00
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| d. Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pendientes de disminuir |
$ 0.00
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| e. Base del pago (a-b-c-d) (determinada conforme al art. 127 LISR) |
$ 45,280.00
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| f. Pago determinado por el período (e por tasa 5%) (pago determinado conforme a la tasa del art. 136-Bis LISR) |
$ 2,264.00
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| g. Total de ingresos cobrados en el período en el Estado de Puebla |
$ 95,280.00
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| h. Proporción de ingresos cobrados en el período en el Estado de Puebla (g entre a por 100) |
100%
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| i. Pago determinado por el período de acuerdo a la proporción de ingresos cobrados en el Estado (f por h) |
$ 2,264.00
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| j. Pagos mensuales anteriores efectuados al Estado (pagos mensuales efectuados en el Estado de Puebla con anterioridad en el mismo Ejercicio) |
$ 1,000.00
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| k. Pago mensual correspondiente al Estado conforme al art. 136 Bis LISR (i - j cuando i es mayor que j) |
$ 1,264.00
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| l. Pago provisional conforme al Art. 127 de la LISR (una vez aplicada la tarifa del art. 113, así como disminuidos los pagos provisionales realizados con anterioridad tanto a la Federación como a la Entidad Federativa, y aplicados los acreditamientos a que tenga derecho de acuerdo a las disposiciones fiscales) |
$ 1,244.00
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| m. Pago mensual a efectuar al Estado de Puebla (k o l el menor) |
$ 1,244.00
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| n. Monto pagado con anterioridad (en la declaración que rectifica) |
$ 0.00
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| ñ. Cantidad a cargo (m - n cuando m es mayor) Pase este impuesto al campo A |
$ 1,244.00
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| o. Pago en exceso (n - m cuando n es mayor) |
$ 0.00
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En caso de que el impuesto determinado a pagar a la Federación (Art 127 LISR) sea menor al pago mensual (Art.136 Bis LISR) que se determine a la Entidad Federativa (Puebla), los contribuyentes enterarán únicamente el impuesto que resulte pagar a la Federación en la Entidad Federativa (Puebla) a donde obtuvo sus ingresos.
Por lo tanto, en este ejemplo se pagaría:
| A la Entidad Federativa | $1,244.00 | |
| A la Federación | $ 0.00 | |
| Total ISR a cargo mes de Marzo 2010 | 1,244.00 |

