Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2007, publicada en el Diario Oficial de la Federación el viernes 15 de febrero de 2008
Para los efectos de los artículos 2-A, fracción II y 5, de la Ley del IEPS, los contribuyentes obligados al pago del impuesto lo realizarán de conformidad con lo siguiente:
| Correspondiente al mes de: | Se realizará a más tardar el día 17 del mes de: |
| Enero de 2008 | Abril de 2008 |
| Febrero de 2008 | Abril de 2008 |
| Marzo de 2008 | Abril de 2008 |
A partir del mes de abril y subsecuentes, los contribuyentes deberán realizar el pago a mas tardar el día 17 del mes siguiente a aquél en que se causa la obligación.
